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Cómo se calcula el monto de Pensión 65 en 2026

Conozca los criterios del MIDIS para determinar los S/350 bimestrales de Pensión 65 y cómo verificar su situación ante el SISFOH.

Información oficial y gratuita. Sin trámites de terceros.

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¿Cuánto recibe un beneficiario de Pensión 65 y cada cuánto?

Pensión 65 es un programa de asistencia social no contributivo administrado por el MIDIS. A diferencia de los sistemas contributivos como la ONP o las AFP, el monto no depende de años de aportes ni de un fondo individual acumulado: lo establece el Estado peruano como transferencia solidaria para adultos mayores en situación de pobreza extrema.

En 2026, el monto vigente es de S/350 cada dos meses por beneficiario. Es fundamental distinguir esta cifra: S/350 bimestral no equivale a S/175 mensuales depositados cada mes; el pago se realiza en una sola transferencia cada dos meses, según el cronograma que publica el MIDIS. A lo largo del año calendario se realizan hasta seis pagos bimestrales, lo que representa un potencial de S/2.100 anuales, sujeto a la publicación del padrón oficial y a la verificación continua de elegibilidad.

Para que usted comprenda mejor la distribución anual, observe la siguiente tabla orientativa:

Bimestre 1: S/350 — Acumulado: S/350
Bimestre 2: S/350 — Acumulado: S/700
Bimestre 3: S/350 — Acumulado: S/1.050
Bimestre 4: S/350 — Acumulado: S/1.400
Bimestre 5: S/350 — Acumulado: S/1.750
Bimestre 6: S/350 — Acumulado: S/2.100

Estos valores son referenciales y están sujetos a verificación del SISFOH y a la publicación del padrón del MIDIS. El SISFOH —Sistema de Focalización de Hogares— es el mecanismo estatal que clasifica la situación económica de cada familia peruana para determinar si califica a programas sociales como Pensión 65. Si usted o un familiar aún no ha sido clasificado por el SISFOH, la municipalidad distrital de su localidad puede orientarle en el proceso de actualización de datos.

Cabe precisar que Pensión 65 no es el Bono 600, que fue una transferencia extraordinaria y única entregada en un contexto de emergencia. Pensión 65 es una pensión recurrente, bimestral y de carácter permanente mientras el beneficiario mantenga los criterios de elegibilidad. Tampoco debe confundirse con la ONP ni con sistemas de AFP como AFP Profuturo o AFP Integra, que son regímenes contributivos donde el trabajador acumula aportes a lo largo de su vida laboral.

Criterios del MIDIS y el SISFOH para determinar la elegibilidad

El cálculo del monto de Pensión 65 no parte de una fórmula matemática individual como en los sistemas de AFP: es un monto fijo definido por el Estado, y lo que varía es si usted califica o no para recibirlo. Los criterios de elegibilidad que aplica el MIDIS son los siguientes:

1. Edad mínima de 65 años: Debe acreditar su edad mediante el DNI de 8 dígitos emitido por el RENIEC. Este es el único documento válido. Sin DNI vigente no es posible completar la afiliación ni recibir el pago.

2. Situación de pobreza extrema certificada por el SISFOH: El SISFOH clasifica a los hogares en función de variables como ingresos familiares, condiciones de vivienda, acceso a servicios básicos y composición del hogar. La clasificación de «pobreza extrema» corresponde a hogares cuyos ingresos per cápita se encuentran por debajo del umbral oficial establecido por el Instituto Nacional de Estadística e Informática. Si su hogar aún no cuenta con esta clasificación actualizada, debe solicitarla en su municipalidad distrital.

3. No percibir otra pensión o subvención del Estado: Quienes reciben una pensión de la ONP, de una AFP como AFP Profuturo, o de cualquier régimen contributivo, no son elegibles para Pensión 65. El programa está diseñado exclusivamente para adultos mayores que no realizaron aportes a ningún sistema previsional a lo largo de su vida laboral.

4. Residencia en territorio peruano: El beneficiario debe residir de manera habitual en el Perú y estar inscrito en el padrón de su municipalidad.

Si está consultando para su padre o madre adulto mayor: necesita su DNI físico de 8 dígitos emitido por el RENIEC para realizar la verificación en la municipalidad distrital. Asegúrese de que los datos del domicilio registrados en el RENIEC coincidan con la residencia actual, ya que el SISFOH cruza esta información. Cualquier discrepancia puede retrasar la clasificación.

Cómo y dónde se cobra la transferencia bimestral de S/350

Una vez que el MIDIS incluye al beneficiario en el padrón de pagos del bimestre correspondiente, la transferencia de S/350 se realiza a través de los canales habilitados por el Banco de la Nación. Esta entidad es el operador financiero principal del programa y dispone de diversas modalidades de cobro para facilitar el acceso, especialmente en zonas rurales y de difícil acceso:

Agencias del Banco de la Nación: El beneficiario puede acudir personalmente a cualquier agencia, presentando su DNI de 8 dígitos emitido por el RENIEC. Es el canal más utilizado en capitales de provincia y distritos urbanos.

Agentes Corresponsales Multired BN: Red de establecimientos comerciales autorizados por el Banco de la Nación para operar pagos. Disponibles en bodegas, farmacias y otros negocios locales en localidades donde no hay agencia bancaria.

Cajeros automáticos del Banco de la Nación: Para quienes cuenten con tarjeta de débito emitida por la entidad.

Carritos pagadores rurales: Unidades móviles que el Banco de la Nación desplaza a comunidades rurales alejadas en fechas establecidas por el cronograma de pagos. Este mecanismo garantiza que los beneficiarios en zonas de sierra y selva puedan cobrar sin necesidad de trasladarse largas distancias.

Es importante mencionar que algunos beneficiarios que mantienen cuentas en entidades como el BCP o que han gestionado productos financieros adicionales pueden recibir orientación sobre domiciliación de transferencias, aunque el canal oficial primario para Pensión 65 sigue siendo el Banco de la Nación. Si usted tiene dudas sobre el canal de cobro asignado a su caso particular, consulte directamente en la oficina de Pensión 65 de su municipalidad distrital o en el portal gob.pe/pension65.

Para proteger su transferencia, recuerde que nadie —ningún funcionario, promotor ni intermediario— tiene autorización para cobrar en su nombre ni para solicitarle dinero a cambio de gestionar su pago. La recepción de la transferencia es gratuita y personal.

Alerta de fraude y protección de su beneficio

⚠️ ALERTA IMPORTANTE: El MIDIS y Pensión 65 NUNCA solicitan clave, contraseña, código PIN ni dinero por teléfono, SMS, WhatsApp, Facebook ni a través de intermediarios. La consulta de elegibilidad y la afiliación al programa son 100% GRATUITAS, ya sea mediante el portal oficial gob.pe/pension65 o en la municipalidad distrital de su localidad. Desconfíe de cualquier persona que le ofrezca «agilizar» su trámite a cambio de un pago.

Los adultos mayores son el principal objetivo de esquemas de phishing y estafas vinculadas a programas sociales. Si usted recibe una llamada, un mensaje de texto o un mensaje por redes sociales en el que se le pide que confirme datos de su DNI, su número de cuenta o un código de verificación, no proporcione ningún dato y corte la comunicación de inmediato. Reporte el intento de fraude al MIDIS a través de los canales oficiales publicados en gob.pe.

Si tiene contratado un seguro de vida o un producto de protección con Mapfre Perú, o si administra sus ahorros en entidades como el BCP o en fondos de AFP como AFP Integra, tenga en cuenta que ninguna de estas instituciones enviará mensajes solicitando datos para gestionar su Pensión 65: son programas completamente independientes. La Pensión 65 se tramita exclusivamente ante el MIDIS y la municipalidad distrital; cualquier otra entidad que afirme tener injerencia en el proceso no cuenta con respaldo oficial.

Si está ayudando a su padre o madre adulto mayor: explíquele con calma que ningún trámite válido de Pensión 65 requiere pago previo. Acompáñele personalmente a la municipalidad o al Banco de la Nación cuando corresponda cobrar su bimestre. La presencia de un familiar de confianza reduce significativamente el riesgo de que el adulto mayor sea víctima de un fraude en el punto de cobro.

Además de Pensión 65, existen otros beneficios que pueden ser de interés para adultos mayores y sus familias, como la información disponible en /devolucion-fonavi/ para ex trabajadores formales que realizaron aportes al FONAVI. Consulte las opciones disponibles según su historial laboral y situación actual.

Finalmente, si en algún momento evaluó o evaluará complementar su situación económica con un fondo de retiro privado, sepa que entidades como AFP Profuturo cuentan con asesores especializados que pueden orientarle sobre los productos disponibles para afiliados o sus familiares. Sin embargo, recuerde que recibir Pensión 65 y contar con un fondo AFP son situaciones mutuamente excluyentes para efectos de elegibilidad al programa del MIDIS.

Preguntas Frecuentes (FAQ)

¿El monto de S/350 puede cambiar según mi situación personal?

No. Pensión 65 otorga un monto fijo de S/350 bimestral para todos los beneficiarios incluidos en el padrón del MIDIS; no varía según ingresos individuales, zona geográfica ni condición de salud. Lo que sí puede cambiar es su elegibilidad: si el SISFOH actualiza la clasificación de su hogar o si usted comienza a percibir una pensión de AFP Profuturo u otro régimen contributivo, el MIDIS puede suspender el beneficio. Mantenga sus datos del RENIEC y del SISFOH actualizados.

¿Puedo recibir Pensión 65 si tengo una cuenta en el BCP o en una AFP?

Tener una cuenta bancaria en el BCP no afecta su elegibilidad para Pensión 65. Lo que sí la excluye es percibir una pensión activa de cualquier AFP, como AFP Integra, o de la ONP, ya que Pensión 65 está destinada exclusivamente a adultos mayores sin acceso a ningún régimen contributivo. Si nunca realizó aportes a un sistema previsional, la cuenta bancaria no representa un impedimento. Consulte su situación específica en la municipalidad distrital o en gob.pe/pension65.

¿Dónde puedo verificar si estoy en el padrón de pagos del bimestre?

Puede verificar su inclusión en el padrón del MIDIS ingresando a gob.pe/pension65 con su DNI de 8 dígitos emitido por el RENIEC, o acudiendo presencialmente a la oficina de Pensión 65 de su municipalidad distrital. El padrón se publica antes del inicio de cada bimestre de pago. Si su nombre no aparece en el padrón, consulte si su clasificación del SISFOH está vigente. AFP Profuturo y otras entidades privadas no tienen acceso a este padrón.

Fuentes Oficiales 🏛️

Sobre el autor

Rafael Santesso

Editor especialista en programas sociales y beneficios gubernamentales en LATAM.

Publicado: 2026-05-17 · Actualizado: 2026-05-17

Descargo de Responsabilidad: Este sitio es informativo e independiente. No es página oficial del MIDIS ni del Gobierno del Perú. La información publicada tiene carácter orientativo y está sujeta a cambios según las disposiciones del MIDIS y el SISFOH. Información oficial en gob.pe/pension65.