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Condiciones para asegurar el cobro de los S/ 820

Requisitos Lactancia 2026 | Tabla de Montos EsSalud

Lista de verificación oficial 2026 para madres titulares y derechohabientes del Seguro Social.

💵 Verificación de Aportes SUNAT requerida.

El Monto Oficial 2026 (Pago Único)

El Subsidio por Lactancia no es un préstamo, es un derecho adquirido por los aportes laborales. El monto base se ha fijado en S/ 820.00 Soles por cada hijo nacido vivo, destinado a la compra de pañales, ropa y leche.

Es importante notar que este monto se multiplica en casos de partos múltiples, según la normativa vigente de EsSalud:

Tipo de Parto Monto Total Detalle
Parto Simple S/ 820.00 1 Bebé
Parto Doble (Gemelar) S/ 1,640.00 S/ 820 x 2
Parto Triple S/ 2,460.00 S/ 820 x 3

Las 3 Reglas de Oro (Requisitos de Aportes)

Para que el dinero se libere automáticamente (sin papeles), el sistema verifica tres condiciones críticas en la base de datos de la SUNAT y EsSalud. Si fallas en una, el pago será bloqueado hasta que regularices tu situación.

Regla 1: Vínculo Laboral Activo El titular debe estar trabajando (en planilla) a la fecha del nacimiento del bebé. Si el contrato terminó antes del parto, aplica la "Latencia" (ver abajo).
INDISPENSABLE
Regla 2: Conteo de Aportes Debes tener 3 meses de aportes consecutivos o 4 no consecutivos dentro de los 6 meses anteriores al parto.
REVISAR BOLETAS
Regla 3: Declaración del Empleador Tu empresa debe haber declarado y pagado el seguro en el PDT PLAME. Si tu jefe te descontó pero no pagó a EsSalud, no podrás cobrar hasta que él pague.
IMPORTANTE

Casos Especiales: Desempleo y Seguro Agrario

Periodo de Latencia (Desempleados):
Si perdiste tu empleo antes del parto, pero tenías más de 5 meses de aportes en los últimos 3 años, puedes aplicar al "Periodo de Latencia". Esto te permite mantener la cobertura de salud y el derecho a subsidios (incluyendo lactancia) por un tiempo adicional, siempre que tramites tu carta de latencia en EsSalud.

Seguro Agrario:
Los trabajadores del régimen agrario también tienen derecho a los S/ 820.00, siempre que cuenten con tres meses de aportes consecutivos en los últimos doce meses anteriores al parto.

Soy trabajadora del hogar, ¿me corresponde?

Sí. Las trabajadoras del hogar aseguradas tienen los mismos derechos. Tu empleador debe haber pagado los aportes a través del Formulario 1676 de SUNAT puntualmente.

¿Si emito Recibos por Honorarios puedo cobrar?

Depende. Si solo emites recibos (independiente) y no pagas el Seguro Potestativo o EsSalud Independiente, NO tienes derecho al bono. Este subsidio es para el Régimen Contributivo (Planilla).

Mi bebé nació prematuro, ¿cambia el monto?

El monto es el mismo (S/ 820). Sin embargo, si el bebé nació antes de las 30 semanas, podrías tener derecho a una extensión de la Licencia por Maternidad, que es un pago aparte.

Aviso Legal: La información sobre requisitos se basa en el Reglamento de la Ley Nº 26790. Este sitio web simplifica la información para fácil lectura y no reemplaza la normativa oficial. Si su empleador no ha realizado los aportes, el reclamo debe dirigirse a la empresa o a la SUNAFIL, no a EsSalud.